DIPUTADO/A FORAL DE ACCIÓN SOCIAL
3 meses
Desestimatorios
El plazo máximo de resolución/notificación se contará desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro de la DFB. Si en ese plazo no se ha notificado a los/as interesados/as resolución expresa, se podrá entender desestimada su solicitud.
Fin de la vía administrativa
La resolución del Diputado/a Foral (Orden Foral) pone fin a la vía administrativa.
Recurso de reposición
Si usted no está conforme con la Orden Foral que resuelve el procedimiento y que pone fin a la vía administrativa, puede interponer Recurso de Reposición ante el/la diputado/a foral, en el plazo de UN MES desde el día siguiente a que se le haya notificado. Todo ello de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recurso extraordinario de revisión
Exclusivamente en los supuestos previstos en los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recursos en vía judicial
Si usted no está conforme con la Orden Foral que resuelve el procedimiento y que pone fin a la vía administrativa, puede interponer Recurso de Reposición ante el/la diputado/a foral, en el plazo de UN MES desde el día siguiente a que se le haya notificado, o presentar directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de DOS MESES. Todo ello de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.