Prestar apoyo a la persona o personas que acogen familiarmente a personas menores de edad y asumen sus gastos de manutención, educación y asistencia sanitaria, conforme al plan de acogimiento establecido.
Ciudadanía
INSTRUCCIONES
Podrán ser personas beneficiarias de las compensaciones económicas aquellas personas que sean titulares de acogimientos familiares de niños, niñas y adolescentes formalizados con arreglo a los artículos 173 y 173 bis del Código Civil, y al Decreto 179/2018 de 11 de diciembre, por el que se regula el acogimiento familiar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Antes de tramitar electrónicamente consultar el manual de instrucciones en la pestaña de INFORMACIÓN GENERAL
DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL
SERVICIO DE INFANCIA
BakQ de Izenpe, Certificado profesional en la nube, Certificado electrónico
Información detallada sobre tratamiento de protección de datos personales y atención multicanal
Procedimientos/servicios relacionados
Ofrecimiento para Acogimiento Familiar de menores